Estados de la declaración SEDI

Las operaciones de importación podrán contar con la declaración SEDI en estado OFICIALIZADA, previo al arribo al territorio aduanero de la mercadería involucrada, a fin de anticipar la información y facilitar la operatoria aduanera. Al momento de oficializar la destinación de importación, el Sistema Informático MALVINA (SIM) exigirá el número identificador de la declaración SEDI en estado de SALIDA y realizará su validación.

La declaración SEDI pasará a estado de SALIDA en tanto se encuentre autorizada por los Organismos integrantes del Régimen Nacional de Ventanilla Única del Comercio Exterior Argentino (VUCEA), quienes tomarán intervención, en el ámbito de sus respectivas competencias mediante la “Ventanilla Única del Comercio Exterior Argentino (VUCEA)”.

Los referidos Organismos deberán pronunciarse en un lapso no mayor a 30 días corridos, contados desde el registro de la SEDI. En caso de no producirse la intervención en el plazo señalado, la declaración SEDI pasará, en forma automática, a estado de SALIDA.

Las declaraciones SEDI podrán registrar los siguientes estados:

  1. OFICIALIZADA: la declaración se registró en el SEDI y aún no ha tenido la intervención de todos los Organismos competentes.
  2. SALIDA: La declaración ha sido intervenida en forma completa por todos los Organismos competentes y ha tenido decisión satisfactoria sobre un ítem/subítem -como mínimo- de todos los Organismos, permitiendo su afectación.
  3. OBSERVADA: la declaración ha sido observada parcial o totalmente por algún/os o todos el/los Organismo/s interviniente/s.
  4. CANCELADA: la declaración ha sido afectada totalmente a los subregímenes alcanzados.
  5. ANULADA: Este estado puede darse en 2 situaciones:
    • 5.1 Anulación por el declarante de la declaración aún no afectada total o parcialmente.
    • 5.2 Anulación automática por el sistema, cuando la declaración no ha sido afectada total o parcialmente a su vencimiento.