Envíos escalonados

El declarante deberá registrar una SEDI global por las unidades clasificatorias.

Para esto, deberá informar la cantidad de unidades clasificatorias en el ítem correspondiente, y en el campo FOB, el valor total.

De importarse más de una unidad clasificatoria y cuando se clasifiquen en diferentes posiciones arancelarias, cada una de ellas deberá registrarse en un ítem de la declaración SEDI.

Cuando los envíos escalonados procedan de diferentes orígenes, en el campo “origen” se deberá declarar el que constituya el mayor valor de la unidad clasificatoria total a importar.

Al momento de registrar los despachos de importación de los envíos parciales, el declarante deberá optar por alguna de las opciones de la lista “ENV-ESC-FRAC-OPC”, que se presentará a nivel de presupuesto general.

De tratarse de la última fracción que completa la unidad clasificatoria declarada, se deberá optar por la opción “ENVFIN”. De lo contrario, habrá que seleccionar la opción “ENVPAR”.

Todos los ítems declarados en la destinación deberán corresponder al envío escalonado. Por esta razón, las destinaciones posteriores que afecten a la declaración SEDI, no podrán contener mercaderías/ítems que invoquen una autoliquidación por envío escalonado y mercaderías/ítems que se encuentren fuera del mencionado régimen.

Una vez vencido el plazo para continuar afectando la declaración del tipo SEDI realizada al momento del primer envío o sus posteriores, el declarante deberá:

  • realizar una nueva declaración SEDI con la ventaja ENVIOESCA-IMPO más la validación afirmativa del texto SIMI-URGENTE-TXT y la opción ENVESC de la lista SIMI-MOTIVOS-OPC,
  • declarar la nueva SEDI por el saldo remanente en el campo FOB y en el campo unidades, de corresponder.

La utilización de dicha ventaja traerá aparejado que deba declararse como dato adicional SIMIVENC-ENVESC, el N° de SEDI aprobado con anterioridad, y el dato adicional SIMIACTO-RES-ESC, el N° de acto resolutivo aprobatorio de la DGA y, separado por barra invertida (/), el N° de acto resolutivo que aprueben su eventual prórroga.