Cronograma de aplicación

A partir del 11 de noviembre de 2023 resultará obligatorio para los Reglamentos Técnicos aprobados correspondiente a la siguiente mercadería:

  • Hormigón. Resolución SICM N° 404/1999
  • Eficiencia energética. Resolución SICM N° 319/1999
  • Eficiencia Energética, Lámparas. Resolución SCI N° 795/2019 y Disposición DNCI N° 86/2007
  • Eficiencia Energética, Electro bombas. Resolución SCI N° 800/2019
  • Eficiencia Energética, Lavavajilla. Resolución SCI N° 834/2019
  • Eficiencia Energética, Hornos Eléctricos. Resolución SCI N° 1017/2021
  • Eficiencia Energética, Aire Acondicionado. Disposición DNCI N° 859/2008
  • Eficiencia Energética, Lavarropas. Disposición DNCI N° 761/2010
  • Eficiencia Energética, Balastros. Disposición DNCI N° 246/2013
  • Eficiencia Energética, Televisores. Disposición DNCI N° 219/2015
  • Eficiencia Energética, Motores. Disposición DNCI N° 230/2015
  • Eficiencia Energética, Microondas. Disposición DNCI N° 170/2016
  • Eficiencia Energética, Calentadores. Disposición DNCI N° 172/2010
  • Tintas. Resolución SCI N° 453/2010
  • Productos Gráficos. Resolución SC N° 685/2015
  • Colector Solar. Resolución SCI N° 753/2020
  • Placas y Baldosas. Resolución SCI N° 910/2021

A partir del 11 de diciembre de 2023 resultará obligatorio para los Reglamentos Técnicos aprobados correspondiente a la siguiente mercadería:

  • Papel. Resolución SICM N° 653/1999 y Resolución SC N° 155/2016
  • Seguridad Industrial. Resolución SICM N° 896/1999
  • Ascensores. Resolución SICM N° 896/1999
  • Encendedores. Resolución SCT N° 77/2004
  • Bicicletas Infantiles. Resolución SCT N° 91/2004
  • Juguetes. Resolución SCT N° 163/2005
  • Radiadores de Aluminio. Resolución SC N° 599/2017
  • Compensados de madera. Resolución SC N° 900/2017
  • Barras y Perfiles. Resolución SC N° 158/2016
  • Cubiertas y Cámaras neumáticas. Resolución SC N° 281/2018
  • Calzados. Resolución SC N° 465/2018
  • Cemento. Resolución SC N° 54/2018
  • Derivados de madera. Resolución SCI N° 240/2019
  • Monturas de Gafas. Resolución SCI N° 269/2019

Supuestos Especiales

Aquellas SIRAS que se encontraren oficializadas con anterioridad al 11 de noviembre de 2023, que involucren mercadería alcanzada por los Reglamentos Técnicos a implementarse en la primer etapa, y con anterioridad al 11 de diciembre del mismo año, alcanzadas por los Reglamentos Técnicos a implementarse en la segunda etapa, podrán afectarse a la destinación de importación a consumo, debiendo acompañar la intervención en formato papel.

Por su parte, cuando se trate de una operación de importación que por sus características no se encuentre alcanzada por el SEDI, deberá comprometerse la intervención en formato papel.

Asimismo, en lo que refiere a aquellas destinaciones que cursen al amparo de los Códigos AFIP previstos por la Resolución General N°3628/2014, deberá acompañarse la intervención en formato papel.

Vigencia de los Certificados emitidos por la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos

Los certificados autorizados antes del 11 de noviembre de 2023 van a poder seguir afectándose a las destinaciones, resultando requisito que acompañen en formato papel a la destinación de Importación para consumo.