¿Cómo es el cálculo de la liquidación?

El costo del servicio extraordinario estará conformado por el valor hora de los funcionarios afectados a la tarea de control, según cuadro tarifario vigente, que contempla el adicional por zona desfavorable así como las distintas funciones operativas del agente. Los servicios extraordinarios prestados simultáneamente a varios solicitantes, serán abonados a prorrata por éstos. Debe entenderse por servicio extraordinario simultáneo, al prestado por el mismo personal, dentro del mismo lapso, a diversos solicitantes en el mismo lugar operativo.

Los usuarios además del importe en concepto de servicios extraordinarios, se harán cargo de las erogaciones que hacen al traslado, alojamiento o comida del agente aduanero.

Las fracciones horarias serán computadas de la siguiente manera:

  • Entre 1 y 30 minutos: 30 minutos.
  • Entre 31 y 59 minutos: 1 hora.

El total de horas a liquidar abarca el período total de prestación de servicios extraordinarios cumplido por el agente aduanero.

Recargo adicional por horas y días inhábiles

  • De lunes a viernes en horas inhábiles y los sábados de 0:00 a 13:00 horas: 50%
  • Sábados de 13:00 a 24:00 y domingos y feriados nacionales de 0:00 a 24:00 horas: 100%
  • Días no laborables de 0:00 a 24:00 horas: 50%
  • Días con asueto administrativo, a partir de la hora del mismo: 50%

La Dirección General de Aduanas calculará y mantendrá actualizado el cuadro tarifario.

Traslado del agente

Si las operaciones demandan el traslado del agente se adicionará lo siguiente:

  • Equivalente a 1 hora de servicio cuando la distancia no supere los 60 kilómetros.
  • Equivalente a 2 horas de servicio cuando la distancia supere los 60 kilómetros y no exceda de 120 kilómetros.
  • El tiempo real que demande al agente el regreso al asiento habitual de sus tareas, el cual no podrá ser inferior a 2 horas cuando la distancia supere los 120 kilómetros.

Gastos de comida y viáticos

Cuando la prestación del servicio se realice en horas y días inhábiles, abarcando el lapso entre las 12:00 y 13:00 horas inclusive y/o las 20:00 y 21:00 horas inclusive, se liquidará un gasto de comida por cada uno de los turnos, cuyo monto será fijado por la Dirección General de Aduanas, de acuerdo con los aumentos salariales que hubiere.

Cuando la prestación del servicio se realice en horas y días hábiles en zona secundaria, abarcando el lapso entre las 12:00 y las 13:00 horas inclusive y/o las 20:00 y 21:00 inclusive, se liquidará un gasto de comida por cada uno de los turnos.

Lo expuesto en los dos párrafos precedentes, no será de aplicación para las modalidades de liquidación de servicios extraordinarios correspondientes a planes de frecuencias y tarifas reducidas (formulario OM-1330-B).

Si se produce el desplazamiento del agente fuera del lugar operativo y éste diera lugar a gastos de alojamiento, los montos de los mismos serán los que correspondan según las disposiciones establecidas en la normativa de aplicación en materia de viáticos.

Cuando se concluyere el trámite de la solicitud, el sistema emitirá automáticamente una liquidación por cada solicitud dentro de los 5 días hábiles inmediatos posteriores a la finalización de los períodos que se establecen a continuación:

  • Del día 1 al 15 de cada mes calendario, ambos inclusive.
  • Del día 16 al último día de cada mes calendario, ambos inclusive.

En dichos períodos se incluirán todas las operaciones liquidadas en los intervalos temporales indicados.

Para efectuar los cargos sobre las operaciones realizadas en los medios marítimos y fluviales que operen con planes de frecuencia, la liquidación SIM (LMAN) será efectuada por el servicio aduanero por períodos mensuales, dentro de los 10 primeros días hábiles del mes inmediato siguiente al de que se trate.