¿Qué son los servicios extraordinarios?
Se consideran servicios extraordinarios a las funciones y tareas de fiscalización que, a solicitud de los usuarios, realiza el servicio aduanero en días y/u horas inhábiles. La habilitación de estos servicios, por parte de este Organismo, se encuentra gravada por la Tasa de Servicios Extraordinarios.
Los servicios extraordinarios en los depósitos particulares habilitados como fiscales, que no tengan asignado personal estable, serán cubiertos por agentes dentro del régimen general fijado por la normativa vigente.
La atención de las operaciones aduaneras alcanzadas por la tasa de servicios extraordinarios y la cantidad de agentes a afectar según la complejidad del control requerido, se realizarán de acuerdo con los procedimientos previstos en cada anexo en particular.