¿Cómo desistir de solicitudes de servicios extraordinarios?
El pedido de anulación de la solicitud deberá ser formalizado por el usuario mediante el siguiente procedimiento:
A través del Sistema de "Gestión de Servicios Extraordinarios" - SASE, el usuario podrá efectuar el desistimiento (anulación) de cualquier solicitud que se encuentre en estado admitida o girada, hasta 12 horas previas al inicio de la operación, sin cargo al usuario.
Si el desistimiento se produce desde las 12 horas previas hasta el comienzo de la operación -según fechas y horas SASE-, se aplicará lo siguiente:
- Solicitud en estado “admitida” o “sin giro confirmado” en Sistema Único de Servicios Extraordinarios – SUSEx: no generará cargo al usuario.
- Solicitud en estado “GIR” en Sistema de Gestión de Servicios Extraordinarios y con giro confirmado en Sistema Único de Servicios Extraordinarios: generará un cargo mínimo de 2 horas por cada agente afectado.
- Si la anulación fuera requerida por el solicitante cumplida la hora de inicio de la operación, se generará un cargo por el tiempo mínimo al que se le adicionará el tiempo de espera efectivo, en caso de haberse excedido dicho lapso.
Se admitirá la anulación de la solicitud que posea el estado “admitida”, sin generar un cargo para el usuario, cuando el servicio aduanero se halle imposibilitado de prestar el servicio. En ese caso, la anulación la realizará el servicio aduanero y será comunicada al usuario a través del servicio con clave fiscal "Domicilio Fiscal Electrónico".