Requisitos

Para tramitar la inscripción en el registro se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener la CUIT con estado administrativo activo sin limitaciones
  • Con respecto a la actividad:
    • sujetos incluidos en los puntos a) y f): tener actualizado en el “Sistema Registral” el código relacionado con la actividad minera desarrollada, el que deberá coincidir con alguno de los detallados en el Anexo II de la Resolución General N.º 5333
      Las actividades incluidas en el registro serán revisadas semestralmente.
    • sujetos incluidos en los puntos b), c), d) y e): tener actualizado en el “Sistema Registral” el código de actividad específico que se relacione con la venta de bienes y/o la prestación de servicios a la empresa minera.
  • Tener constituido y actualizado el domicilio fiscal electrónico
  • Haber efectuado la registración y aceptación de los datos biométricos. Este requisito deberá ser cumplido por las personas humanas que actúen por sí o como apoderados o representantes legales de personas humanas o jurídicas, en su condición de “Administrador de relaciones/Administrador de relaciones apoderado”
  • Poseer el alta en los impuestos al valor agregado, a las ganancias, sobre los bienes personales -Acciones y participaciones societarias- y/o en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), según corresponda, o en su caso en el Monotributo
  • Haber cumplido, de corresponder, con la obligación de presentar:
    • Las declaraciones juradas nominativas y determinativas de los recursos de la seguridad social y del impuesto al valor agregado, correspondientes a los 12 últimos periodos fiscales o las que corresponda presentar desde el inicio de la actividad, si fuera menor, vencidas con anterioridad a la fecha de solicitud de inclusión en el registro.
    • La última declaración jurada del impuesto a las ganancias y la correspondiente al impuesto sobre los bienes personales -Acciones y Participaciones Societarias-, vencidas a la fecha de solicitud de inclusión en el registro.
    • La declaración jurada del régimen de información de participaciones societarias y rentas pasivas correspondiente al último periodo fiscal vencido a la fecha de solicitud de inclusión en el registro.
    • La declaración jurada del régimen de transferencia electrónica de estados contables correspondiente al último período fiscal vencido a la fecha de solicitud de inclusión en el registro.
  • No encontrarse comprendido en alguna de las siguientes situaciones:
    • Haber sido condenados por alguno de los delitos previstos en las Leyes N° 23.771 y N° 24.769 y sus respectivas modificaciones, en el Título IX de la Ley N° 27.430 y su modificación o en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones-
    • Haber sido condenados por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de obligaciones impositivas, de la seguridad social o aduaneras, propias o de terceros.
    • Haber sido condenados por causas penales en las que se haya dispuesto la condena de funcionarios o exfuncionarios estatales con motivo del ejercicio de sus funciones.
    • Sean personas jurídicas en las que, según corresponda, sus socios gerentes, administradores, directores, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, consejeros o quienes ocupen cargos equivalentes en las mismas, hayan sido condenados por infracción a las Leyes N° 23.771 o N° 24.769 y sus respectivas modificaciones, al Título IX de la Ley N° 27.430 y su modificación, al Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones-, o por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de obligaciones impositivas, de la seguridad social o aduaneras por parte de aquellas.
    • Haber sido declarados en estado de quiebra, respecto de los cuales no se haya dispuesto la continuidad de la explotación del solicitante o de los integrantes responsables de personas jurídicas, conforme a lo establecido por la Ley N° 24.522 y sus modificaciones, mientras duren los efectos de dicha declaración.
  • No haber sido eliminado de los “Registros Especiales Aduaneros” como importador, exportador, importador ocasional o exportador ocasional.