Importante

Este servicio no se encuentra habilitado para notificar traslados de demanda ni medidas cautelares dictadas contra esta Administración Federal. En estos supuestos, se deberá notificar mediante los medios habilitados

¿Qué es el sistema de Tramitación Automática de Oficios “TAO” ?

Es un servicio con clave fiscal implementado por la Resolución General N.º 5379/2023 para que los abogados patrocinantes y/o apoderados puedan diligenciar y tramitar los oficios judiciales dirigidos a esta Administración Federal, obteniendo el informe de contestación en forma automática e inmediata.

Requisitos

Para utilizar este servicio necesitás:

  • Ser letrados patrocinantes y/o apoderados habilitados para diligenciar oficios judiciales informativos dirigidos a esta Administración Federal
  • CUIT
  • Clave fiscal con nivel de seguridad 3 o superior
  • Tener declarada la actividad "691001: Servicios Jurídicos" en el "Sistema Registral".

Importante:

Solamente podrán tramitarse por este medio los oficios judiciales informativos librados en el marco de los artículos 400 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, 398 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, 328 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires o normas similares que resulten de aplicación en cada jurisdicción.

El letrado patrocinante, deberá consignar con carácter de declaración jurada -previo a la presentación del trámite- que se encuentran facultados para la tramitación de los oficios y que la totalidad de los datos ingresados son veraces, con la consecuente responsabilidad civil y/o penal que pudiera devenir de su accionar.

La adulteración de los datos y/o el uso indebido, hará pasible al profesional de las sanciones estipuladas en los artículos 157, 157 bis, 172, 292 y concordantes del Código Penal.