¿En qué consiste el procedimiento?

Los sujetos adheridos, a los fines de la emisión de comprobantes, deberán solicitar el Código de Autorización Electrónico Anticipado – CAEA a través de Web Services.

Se deberá solicitar un único CAEA por contribuyente, el cual tendrá validez únicamente para los comprobantes electrónicos que se emitan durante los períodos que se indican seguidamente:

  • Primer período: entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive.
  • Segundo período: entre los días 16 y último de cada mes, ambos inclusive.

La solicitud deberá efectuarse dentro de los 5 días corridos inmediatos anteriores al inicio de cada período y para ello los contribuyentes deberán habilitar puntos de venta específicos a fin de generar los comprobantes que incorporen el CAEA.

Los puntos de venta habilitados deberán ser distintos a los utilizados para los documentos que se emitan a través del Controlador Fiscal y para otros regímenes o sistemas de facturación utilizados.