¿Cómo se realiza la inscripción en el registro?
Para comenzar con la inscripción en el registro, deberás constituir un Domicilio Especial Aduanero, para ello necesitás clave fiscal nivel 3 de seguridad.
Ingresá con tu clave fiscal al “Sistema Registral” - “Registros Especiales”. Allí seleccioná “F. 420/D Declaración de Domicilios”. Luego seleccioná “Crear Nuevo Domicilio” y completá los datos requeridos del domicilio que vas a declarar. En caso de que no se detecten inconvenientes el sistema emitirá el Formulario F420/D, con el estado “Declarado por Internet” como constancia de registración del domicilio.
Luego deberás asociar el Domicilio Especial Aduanero a la aduana o las aduanas a través de las cuales va a operar, ingresando al “Sistema Registral” - “Registros Especiales”, opción “F 420/R Declaración de Aduanas”. En el caso de que no puedas encontrar la aduana dentro del listado, tendrás que incluirla presionando previamente el botón “Asociar”.
Una vez que hayas seleccionado la aduana o incorporado, presioná sobre el botón “Asociar” del recuadro “Domicilios relacionados con la aduana seleccionada” en donde aparecerá el domicilio declarado anteriormente. Tildá el domicilio y presionar “Aceptar”.
Además deberás cumplir con los “Requisitos Particulares” mencionados en el punto 10 del Anexo I de la Resolución General 2570/2009. Los requisitos particulares van a depender del operador de comercio exterior que se trate. Dentro de los 30 días, de presentado el formulario 420/R, deberás presentar la documentación complementaria, detallada e indentificada con la letra “D”, dentro en el Anexo I de la Resolución General 2570/2009,”ante cualquier dependencia de la Aduana.
Para finalizar el trámite, dentro de los 30 días de iniciado, seleccioná “Registros Especiales, opción F.420/R Registro Operadores Comercio Exterior” y en “trámite a realizar” elegí la opción “Alta”.
Una vez transcurridos 30 días desde el inicio del trámite, el mismo quedara sin efecto, y deberás volver a iniciarlo.
Antecedentes penales
La presentación se efectúa mediante el "Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA) Subtramite 10047 Doc. Complementaria RG 2570 - Certificado de Antecedentes Penales", a través del mismo deberá adjuntar los certificados de antecedentes penales en formato pdf. En caso de persona jurídica, deberás presentar los certificados de todos los socios. Conocé cómo realizar el trámite ingresando en "Presentación digital de certificado de antecedentes penales".
Resultado del trámite
El sistema emitirá la constancia de registro o en su defecto te notificará los motivos por los cuales el trámite fue rechazado:
- Trámite incompleto: si incumpliste con la presentación de los requisitos.
- Trámite archivado: si no confirmaste el alta dentro del plazo establecido.
- Trámite denegado: si cumpliste con todos los requisitos, pero te encontrás comprendido en una o más causales de inhabilidad.
- Trámite en período de apelación: indica que se interpuso recurso contra la resolución denegatoria.
- Alta efectuada.
Cancelación de la inscripción
Para solicitar la cancelación de la inscripción en los Registros Especiales Aduaneros, deberás presentar el formulario 420/R, desde el Sistema Registral. Para la procedencia del trámite, se evaluarán la existencia de impedimentos legales establecidos en la Sección I del Código Aduanero.
Modificación de datos
Ingresá con tu clave fiscal al “Sistema Registral”, dentro de los 15 días corridos de que haya tenido lugar el cambio, para presentar un nuevo formulario F.420/R, completá solamente aquellos datos que sufrieron cambios. El trámite será denegado si te encontrás comprendido en una o más causales de inhabilidad, aún en el caso de que hayas cumplido con todos los requisitos.
Cuando se modifiquen los componentes de una persona jurídica inscripta en los registros especiales aduaneros, se verificarán nuevamente los antecedentes en el Registro de Infractores y el área de control aduanero asignará el perfil de riesgo.
Para modificar los datos del Domicilio Especial Aduanero, deberás previamente desasociar el Domicilio de la Aduana declarada - opción “F420/R Declaración de Aduanas - y posteriormente dar de baja el domicilio declarado - opción “F420/D Declaración de Domicilios”. Luego de realizado este proceso, podrás registrar el nuevo domicilio.