Pasos para realizar la inscripción
La solicitud de inscripción la debe realizar el representante legal de la sociedad, a través del servicio con clave fiscal “Inscripción y Modificación de Personas Jurídicas”.
A tal efecto, deberá seguir los siguientes pasos:
- Seleccionar la opción “Alta Nueva Persona Jurídica” e indicar los datos que solicitará el sistema: Razón social, forma jurídica, fecha de constitución, vigencia, mes de cierre, objeto social, domicilio legal/fiscal, jurisdicción; números telefónicos de contacto y dirección de correo electrónico; composición societaria, participación en el capital suscripto y su integración.
En este mismo servicio se procederá a la constitución del Domicilio Fiscal Electrónico. - Adjuntar la documentación que se detalla en el apartado “Documentación necesaria” del presente micrositio. La misma deberá presentarse en archivos digitales legibles y deberá estar certificada por escribano público, también de forma digital.
Si los archivos que se adjuntan no cumplen con el mencionado requisito, se podrá solicitar un turno web, al momento de confirmar el trámite, para asistir personalmente a una dependencia con el formulario 420/E, generado por el servicio “Inscripción y Modificación de Personas Jurídicas”..
Cuando se solicite la inscripción de entidades sin fines de lucro, se podrá presentar la documentación en soporte papel, original y copias, y será el funcionario de la misma dependencia quien realice la certificación.
- El sistema realizará las validaciones pertinentes con respecto a la validez de la documentación presentada y la información suministrada.
El solicitante podrá realizar el seguimiento del trámite y consultar el estado de la solicitud, a través de la opción “Consulta de trámites” del mismo servicio. - En caso de superar todas las validaciones, la CUIT asignada será informada a través del Domicilio Fiscal Electrónico.
IMPORTANTE:Las sociedades en formación dispondrán de un plazo de 90 días corridos para presentar la documentación que acredite su constitución definitiva e informar el número de inscripción otorgado por el órgano de contralor.
De existir causales que lo justifiquen, podrán solicitar, por única vez, una ampliación de la vigencia para la inscripción en calidad de sociedad en formación, por un nuevo plazo de 90 días corridos.
Dicha solicitud deberá realizarse a través del servicio con Clave Fiscal denominado “Inscripción y Modificación de Personas Jurídicas”, opción “Sociedades con Inscripción Pendiente”.