Pago del impuesto

Por bienes no incluidos en la regularización de activos

La cancelación total del impuesto se efectuará, de manera especial, hasta el 31 de octubre de 2024, mediante transferencia electrónica de fondos, generando el VEP F. 3343 desde el servicio “Régimen especial de ingreso de Bienes Personales (REIBP)”, opción “Declaración Jurada y pago”, el respectivo.

Para realizar este pago, podrá deducirse el importe abonado en el pago inicial.

También se podrá abonar, en caso de corresponder, el pago del saldo pendiente de ingreso del pago inicial, incrementado en un 100% hasta el 31 de octubre de 2024, inclusive.

Por bienes incluidos en la regularización de activos

La cancelación total del impuesto se efectuará hasta la fecha límite de presentación de la declaración jurada correspondiente a cada una de las etapas del Régimen de Regularización de Activos, mediante transferencia electrónica de fondos, generando el VEP F. 3347 desde el servicio “Régimen especial de ingreso de Bienes Personales (REIBP)”, opción “REIBP para bienes regularizados”.

Códigos para efectuar el pago

En todos los casos, para efectuar el pago se deberá utilizar los siguientes códigos:

  • Impuesto: 1030
  • Concepto: 19
  • Subconcepto: 19