Planes de pago

Plan de facilidades de pago permanente

Este plan permite incluir obligaciones por aportes previsionales de los trabajadores autónomos y del régimen simplificado para pequeños contribuyentes, aún cuando se encuentren en gestión judicial, así como también sus accesorios.

La regularización mediante este régimen no implica reducción de intereses ni liberación de sanciones.

El perfil de cumplimiento asignado a cada contribuyente se encontrará definido en base a la conducta fiscal registrada en el “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”

  • Perfil de cumplimiento I: categorías A, B y C del SIPER
  • Perfil de cumplimiento II: categorías D, E y sujetos no categorizados en el SIPER

La adhesión al plan se realiza desde el servicio con clave fiscal “Mis Facilidades”, opción “RG 5321 - Plan de Facilidades de Pago Permanente”.

Los pasos para operar con el servicio están disponibles en la guía “¿Cómo adherir mi deuda al plan permanente - RG 5321?”

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Plan de pagos para excluidos del monotributo

El plan está destinado a quienes hayan sido excluidos del Monotributo, cuya fecha exclusión esté registrada en el “Sistema Registral” a partir del día 1 de enero de 2017, inclusive.

Podrán cancelarse mediante este plan las obligaciones correspondientes a las declaraciones juradas determinativas de los impuestos al valor agregado y a las ganancias, como también los aportes personales de los trabajadores autónomos, más sus respectivos intereses, vencidos desde la ocurrencia de causal de exclusión.

La adhesión al plan se realiza desde el servicio con clave fiscal “Mis Facilidades”, opción “RG 4166 - Plan para sujetos excluidos del Régimen Simplificado-Monotributo”.

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Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones

Los contribuyentes y responsables de las obligaciones tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de ARCA podrán acogerse por las obligaciones vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, y por las multas y sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con las mencionadas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y punitorios.

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