¿Con qué obligaciones deben cumplir las entidades exentas?
Las entidades que tengan certificados de exención vigentes, deberán presentar la declaración jurada del impuesto a las ganancias y los estados contables (ver prórroga para estados contables).
En el momento de hacer la declaración jurada del impuesto a las ganancias se deberá:
- Acceder a la opción “datos de la declaración jurada”.
- No completar los campos sobre proyectos promovidos, actividad no amparada y resultado atribuible a los socios.
Las siguientes entidades no deberán presentar la declaración jurada del impuesto a las ganancias:
- Asociaciones cooperadoras escolares con autorización extendida por autoridad pública.
- Asociaciones, fundaciones y demás entidades sin fines de lucro que destinen los fondos a la promoción de actividades hospitalarias bajo la órbita de la administración pública (nacional, provincial o municipal) o de bomberos voluntarios oficialmente reconocidos.
- Comunidades indígenas inscriptas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (RENACI) y asociaciones sin fines de lucro cuyos integrantes sean miembros activos de alguna comunidad aborigen, siempre que destinen sus fondos al mantenimiento y fomento de la cultura indígena, cuyos integrantes resulten ser miembros activos de alguna comunidad aborigen.
- Instituciones religiosas, incluidos los institutos de vida consagrada y sociedades de vida apostólica, inscriptas en los registros de la Secretaría de Culto de la Nación.
- Bibliotecas populares reconocidas por la Comisión Protectora de Bibliotecas Populares (CONABIP) que se dediquen exclusivamente a esa actividad y que tengan el certificado de biblioteca protegida emitido por la comisión.
- Instituciones internacionales sin fines de lucro con personería jurídica y sede central en la República Argentina o declaradas de interés nacional, aun cuando no acrediten personería jurídica otorgada en el país ni sede central en la República.
- Centros de jubilados y pensionados reconocidos por el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.