¿Cuáles son los beneficios de las entidades exentas?
Las entidades exentas cuentan con los siguientes beneficios:
- No pagan impuesto a las ganancias.
- No sufren retenciones o percepciones en el impuesto a las ganancias.
- Tienen exención o alícuota reducida en impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias.
- Las entidades detalladas a continuación no sufren retenciones o percepciones de IVA:
- Fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia,
- Fundaciones y entidades civiles de saludo pública
- Fundaciones y entidades civiles de caridad
- Fundaciones y entidades civiles de beneficencia
- Fundaciones y entidades civiles de educación e instrucción
- Fundaciones y entidades civiles literarias
- Fundaciones y entidades civiles gremiales
- Fundaciones y entidades civiles de cultura física o intelectual
- Instituciones religiosas
- Mutuales
- Asociaciones deportivas y de cultura física
- Colegios y consejos profesionales