¿Cuáles son las causales de suspensión y revocación?
Los/las operadores/as categorizados/as por la presente se encuentran sometidos/as a las facultades de control establecidas por la normativa vigente.
Los incumplimientos que se detecten tanto de los requisitos como de las condiciones establecidas en el conjunto de la normativa aduanera referidos a los aspectos legales, operativos, informáticos y tecnológicos aplicables al Operador Económico Autorizado (OEA), podrán ser objeto de análisis, investigación y denuncia tanto por el orden disciplinario como en el ámbito de las infracciones y los delitos, por parte de las áreas competentes. En tal sentido, en su aspecto disciplinario la actividad de los/las operadores/as se encuentra reglamentada por el Código Aduanero. Ante un acto de inconducta o falta en el ejercicio de su actividad, se iniciará el sumario disciplinario, marco en el cual se determinará la aplicación de las sanciones establecidas en el mencionado plexo legal, las que se graduarán según la índole de la falta cometida y los antecedentes de cada operador/a.