¿Quiénes pueden adherirse?
- Importadores/Exportadores.
- Despachantes de Aduana.
- Agentes de transporte aduaneros.
- Transportistas de transportes automotores de carga relacionados con el comercio exterior
Los demás operadores mencionados en el Artículo 4° de la Resolución General N° 5107/2021 se incorporarán al programa de modo gradual, conforme el cronograma y la normativa específica que se dicte al efecto.