¿Cuál es la cantidad máxima de cuotas y el porcentaje de pago a cuenta?
TIPOS DE EMPLEADORES | CANTIDAD MÁXIMA DE CUOTAS | PORCENTAJE DEL PAGO A CUENTA |
---|---|---|
Micro y Pequeñas Empresas, y entidades sin fines de lucro | 28 | 15% |
Medianas Empresas Tramos 1 y 2 | 16 | 20% |
Resto de los empleadores | 12 | 25% |
El importe correspondiente al pago al contado, así como al pago a cuenta y/o a las cuotas del plan de facilidades de pago, podrá ser imputado a la cancelación de las obligaciones que el empleador considere, excepto a aquellas vinculadas a otro pago al contado, pago a cuenta y/o cuotas de planes de facilidades de pago o a las generadas en el presente régimen.
Caducidad
La caducidad del plan de facilidades de pago operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna por parte de esta Agencia, cuando se produzca alguna de las causales que se indican a continuación:
- Falta de cancelación de 2 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas.
- Falta de ingreso de 1 cuota, a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.
La caducidad del plan de facilidades de pago -situación que se pondrá en conocimiento del contribuyente a través de su Domicilio Fiscal Electrónico-, dará lugar a la pérdida de los beneficios del Régimen de Promoción del Empleo Registrado y esta Agencia quedará habilitada para determinar las obligaciones adeudadas y, en su caso, disponer el inicio de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado mediante la emisión de la respectiva boleta de deuda.