¿Qué efectos producen?
Los efectos van a depender de la situación de cada sujeto y su encuadre en cada una de las causales de limitación. Se producirá la suspensión temporal de:
- Las relaciones y los servicios con clave fiscal a los que hubiera adherido el responsable, con excepción de aquellos servicios considerados mínimos.
- Los registros especiales que integran el “Sistema Registral”.
- Las autorizaciones para emitir facturas y/o comprobantes, la visualización de la constancia de inscripción ―incluyendo la que figura en el archivo “Condición Tributaria”― y la posibilidad de solicitar Certificados de no retención y fiscal para contratar, entre otros trámites.
En el caso de los registros especiales aduaneros el encuadramiento determinará la inhabilitación transitoria para la operación de los sistemas respectivos.
¿Cuáles son las causales de limitación?
Las causales de limitación van a depender del tipo del sujeto que se trate. En el caso de las sociedades se tendrá en cuenta que:
- No registren altas en impuestos y/o regímenes a la fecha de evaluación, o
- no hayan presentado declaraciones juradas determinativas desde el 1° de enero del año inmediato anterior a la fecha de evaluación, o
- habiendo presentado declaraciones juradas vencidas desde el 1° de enero del anteúltimo año al de la fecha de evaluación, no hayan declarado:
- Ventas - compras en el impuesto al valor agregado,
- ventas - ingresos -gastos en el impuesto a las ganancias,
- empleados,
- trabajadores activos en "Mi simplificación".
No serán incluidos en el universo del punto c) cuando:
- La suma de los pagos correspondientes a obligaciones impositivas y previsionales realizadas desde el 1° de enero del anteúltimo año al de la fecha de evaluación, supere el Salario mínimo vital y móvil vigente, o hayan determinado el impuesto a la ganancia mínima presunta correspondiente a los períodos fiscales vencidos desde el 1° de enero del anteúltimo año al de la fecha de la evaluación, o
- hayan determinado el impuesto sobre los bienes personales en concepto de acciones y participaciones, correspondiente a los períodos fiscales vencidos desde el 1° de enero del anteúltimo año al de la evaluación.
Para los contribuyentes y responsables se verificará si se encuentran dentro de la Base de contribuyentes no confiables, integrada por aquellos que presentan inconsistencias en relación a nóminas de trabajadores ficticios, calidad o condiciones que se exteriorizan en las declaraciones juradas de la Seguridad social, la documentación respaldatoria de dichas relaciones laborales o que no reflejan la realidad de los vínculos con los dependientes.