Versión 43.3
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Decreto 493/2021
- Resolución General AFIP 5083/2021 - Septiembre 2021
Este decreto establece una serie de requisitos y condiciones para que las empleadoras y los empleadores del sector privado, reciban un beneficio de reducción de contribuciones por un año, ante la incorporación de nuevos puestos de trabajo con participantes de programas y/o políticas educativas, de formación y empleo y de intermediación laboral, considerando al periodo fiscal agosto de 2021 como mes base para el cálculo.
Los beneficios aplican sobre los subsistemas de contribuciones de Seguridad Social SIPA, Ley 19.032, Fondo Nacional de Empleo y el Régimen Nacional de Asignaciones Familiares, alcanzando las reducciones el 95% para el caso de contratarse una persona mujer, travesti, transexual, transgénero o una persona con discapacidad y del 90% para el caso de contratar a una persona varón.
A tal fin, se han incorporado nuevas modalidades de contrato, para aquellos empleados que inicien su relación laboral desde el 1 de septiembre de 2021 hasta el 31 de agosto de 2022, bajo los siguientes códigos:
Código Descripción 501
Puesto Nuevo Art 2 inc. a. Decreto 493/2021
502
Puesto Nuevo Art 2 inc. b. Decreto 493/2021
503
Tiempo parcial. Puesto Nuevo Art 2 inc. a. Decreto 493/2021
504
Tiempo parcial. Puesto Nuevo Art 2 inc. b. Decreto 493/2021
505
Discapacitado Ley 24.013 y Puesto nuevo Art 2 inc. a. Decreto 493/2021
506
Discapacitado Ley 24.013 y Tiempo parcial Puesto Nuevo Art 2 inc. a. Decreto 493/2021
507
Trabajo permanente prestación continua Ley 26727. Puesto Nuevo Art 2 inc. a. Decreto 493/ 2021
508
Trabajo permanente prestación continua Ley 26727. Puesto Nuevo Art 2 inc. b. Decreto 493/ 2021
509
Trabajo permanente discontinuo ley 26727. Puesto Nuevo Art 2 inc. a. Decreto 493/ 2021
510
Trabajo permanente discontinuo ley 26727. Puesto Nuevo Art 2 inc. b. Decreto 493/ 2021
511
Personal de la Construcción L 22250 Puesto Nuevo Art 2 inc. a. Decreto 493/ 2021
512
Personal de la Construcción L 22250 Puesto Nuevo Art 2 inc. b. Decreto 493/ 2021
Estos códigos sólo serán aplicables para empleados nuevos, que hubieran sido informados en la Declaración Jurada F.931 Original, bajo ese perfil.
La Secretaría de Trabajo Empleo y Seguridad Social informará a ARCA, los empleadores habilitados para acceder al beneficio, los que posteriormente serán caracterizados en el Sistema Registral, con el código "514 -Decreto 493/2021. Beneficio reducción de contribuciones de Seguridad Social".
Se aclara que este beneficio no es compatible con el Beneficio dispuesto por Decreto 323/2021, (Caracterización: "485 - Decreto 323/2021. Beneficio Reducción de Contribuciones SIPA.").
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Resolución ANSeS N° 178/2021
La Resolución determina en su artículo Nro. 3, las nuevas bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241, texto según la Ley N° 26.222, quedando establecidas en:
Vigencia fecha desde Base Imponible Importe 01/09/2021
Mínima
$ 8.730,67
Máxima
$ 283.742,60
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Resolución CNEPYSMVYM N° 11/2021
Se procede a actualizar los nuevos importes del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) con sus respectivas vigencias:
VIGENCIA IMPORTE Fecha desde Fecha hasta 01/09/2021 30/09/2021 $ 31.104,00 01/10/2021 31/01/2022 $ 32.000,00 01/02/2021 - $ 33.000,00 -
Decreto 242/2021
Este Decreto amplía el periodo de eximición del pago de las contribuciones patronales previstas en el Decreto 34/2021 (artículo 19 de la Ley N° 27.541) y el Decreto 300/2020 que se destinen al SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) a los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud. La vigencia de este beneficio se extiende hasta el periodo devengado diciembre de 2021.
Se ha incorporado el siguiente código de actividad a fin de gozar del beneficio:
Código Descripción 134
Régimen nacional sin obra social nacional - Sector Salud Dcto. 34/2021 - Dcto 242/2021
Para acceder al beneficio del Decreto 242/2021 los empleadores deberán estar caracterizados en el sistema registral con el código "459 - Reducción Contribuciones Empresas de Salud Decreto 300/2020".