Hipervínculos

A continuación, se mencionan las condiciones a ser cumplimentadas por los usuarios que quieren establecer un hipervínculo entre su página “web” y el portal de esta Administración Federal.

  • No se podrán reproducir las páginas del portal del Organismo en la página web del usuario, solamente se permitirá la inclusión de un hipervínculo que acceda al mencionado portal.
  • Los hipervínculos sólo podrán establecerse con la página de inicio del portal y no con otras páginas, salvo previa y expresa autorización por parte de esta Administración Federal.
  • En ningún caso se podrá dar a entender que este portal autoriza el hipervínculo o que ha supervisado o asumido de cualquier forma los servicios o contenidos ofrecidos por la página “web” desde la que se produce el hipervínculo.
  • Se prohíbe explícitamente la creación de cualquier tipo de “browser” o “border environment” sobre las páginas del portal.
  • No se podrán incluir contenidos que afecten derechos de terceros ni contrarios al orden público, ni a la moral y buenas costumbres, como así tampoco contenidos o informaciones ilícitas en la página “web” desde la que se establece el hipervínculo.
  • La existencia de un hipervínculo entre una página “web” y el portal, no implica relación alguna entre la Administración Federal de Ingresos Públicos y el propietario de esa página ni la aceptación o aprobación de sus servicios y/o contenidos.

Este Organismo se reserva el derecho de inhabilitar hipervínculos o estructuras no autorizados.