¿Qué son los “Estados” (sistema SCORING)?
La conducta fiscal del contribuyente, evaluada a través de la ponderación de parámetros objetivos establecidos por esta Agencia y aquellos fijados por los demás organismos intervinientes según sus competencias, determinará la asignación de alguno de los estados que definen el nivel de riesgo. El estado asignado permitirá administrar beneficios fiscales conforme a la calificación obtenida y su consulta estará disponible en el servicio web “Sistema de Información Simplificado Agrícola – SISA”.
El sistema asignará un estado en función de tu conducta fiscal. Los incumplimientos impactarán negativamente en él provocando la aplicación de alícuotas de retención incrementadas.
ESTADO 1: Bajo riesgo. Estado asignado a los sujetos que permanezcan en ESTADO 2 por un plazo igual o mayor a 24 meses corridos y tengan categoría A en el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER).
Será condición necesaria para tener el ESTADO 1, haber permanecido ininterrumpidamente activo en el Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas (RFOG), y/o incluido en el Padrón de Productores de Granos - Monotributistas (PPGM) durante los 24 meses previos al inicio del “SISA”.
Con posterioridad al inicio, se tendrá en cuenta concomitantemente la situación en (RFOG), (PPGM) y “SISA” hasta la concurrencia de los 24 meses anteriores al análisis del “ESTADO”.
ESTADO 2: Mediano riesgo. Estado asignado a los sujetos que se encuentren dentro de los parámetros detallados en el Anexo II de la RG N° 4310/2018 para este ESTADO 2 y a los sujetos que inicien actividades objeto del “SISA” y realicen su primera inscripción en el mismo.
ESTADO 3: Alto riesgo. Estado asignado a los sujetos a los que se le detecten los incumplimientos detallados en el Anexo II de la RG N° 4310/2018 para este ESTADO 3.
Se considerará inactivos a quienes se les detecten los incumplimientos detallados en el Anexo II de la RG N° 4310/2018 para dicha situación o estando obligados no se encuentren incorporados en el “SISA”.
La nómina de controles así como los parámetros objetivos utilizados para la determinación del “scoring”, pueden ser consultados en el Anexo II de la RG N° 4310/2018.
Todo cambio en el “ESTADO” o bien, la “inactivación” del sujeto en el “SISA”, serán comunicados al Domicilio Fiscal Electrónico correspondiente.
Las personas humanas o jurídicas que consideren que el “ESTADO” en que se encuentran categorizadas no se corresponde con su situación fiscal, podrán interponer un recurso argumentando el pedido de cambio.
¿Cómo se define el estado inicial?
El sistema definirá un “ESTADO” inicial para las personas humanas y jurídicas que:
- Se encuentren incluidas - activas o suspendidas- en el “Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas” (RFOG).
- Se encuentren incluidas en el “Padrón de Productores de Granos - Monotributistas” (PPGM).
- Hayan exteriorizado su condición de productores agrícolas, siempre que la registración de la actividad desarrollada se encuentre vigente.
Quienes exclusivamente ingresen al SISA en calidad de “propietarios” no tendrán un estado en el sistema.
¿Cuándo mejora la calificación?
Cuando el responsable cumpla con los requisitos y condiciones establecidos y subsane las inconsistencias detectadas por el sistema desde su última calificación una vez vencido el plazo establecido, se producirá una mejora de su “ESTADO”, si así corresponde.
Sin perjuicio de lo anterior, a fin de mejorar el “ESTADO” asignado por el “SISA”, el responsable podrá opcionalmente -luego de subsanadas las inconsistencias detectadas- solicitar el reproceso a través de la opción respectiva del “SISA”.
El sistema determinará nuevamente el “ESTADO” al momento del reproceso, de conformidad con los parámetros mencionados.
Sólo podrá realizarse una solicitud de reproceso por día.