¿Qué es el Régimen de equipaje?

Entrada al país

Los viajeros que lleguen a nuestro país sólo tendrán que realizar la declaración de Aduanas cuando deban abonar el tributo correspondiente por haber superado la franquicia vigente, trasladen mercaderías reguladas por SENASA o ingresen dinero en efectivo y/o instrumentos monetarios - en moneda extranjera o nacional de curso legal - por un valor igual o superior al equivalente a USD 10.000.

La declaración de Aduanas se realiza completando el formulario digital de declaración de equipaje de entrada que podés encontrar en las aplicaciones para dispositivos móviles o en las terminales de autogestión.

Si no podés realizar la declaración de Aduanas digital, tenés que realizarla de manera manual mediante el formulario OM-2087/G5 o OM-2087/G6, según corresponda.

Cuando los viajeros constituyan un grupo familiar – matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados -, la franquicia podrá ser utilizada en forma conjunta.

Salida del país

Todo viajero que lleve bienes originarios de terceros países como parte de su equipaje acompañado, deberá declararlos y exhibirlos con anterioridad a su salida hacia el exterior ante el servicio aduanero, mediante su registración en el formulario OM 121, que puede confeccionarse en forma manual o generarse a través de internet.

Este servicio permite cargar datos personales, fecha y lugar de salida del país, y los objetos que se transportan.

De esta manera, se podrá imprimir el formulario para presentarlo en la Aduana al momento de viajar. El formulario OM 121 es personal e intransferible y deberá presentarse ante el servicio aduanero al retorno.