Condiciones

La cantidad máxima de cuotas varía de acuerdo al contribuyente y a las obligaciones que pretenda incluir en el plan:

  1. Entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, micro y pequeñas empresas con certificado mipyme, personas humanas y sucesiones indivisas considerados “Pequeños contribuyentes”
    • Aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social: 60 cuotas
    • Demás obligaciones: 120 cuotas
  2. Medianas empresas
    • Aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social: 36 cuotas
    • Demás obligaciones: 60 cuotas
  3. Demás contribuyentes
    • Aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social: 24 cuotas
    • Demás obligaciones: 36 cuotas

Cuando los planes incluyan obligaciones que tienen diferente cantidad de cuotas se tomará la menor.

Fórmulas

I - Determinación del pago a cuenta

P = ((M - S) x G) + S

Donde:

  • P = Monto del Pago a cuenta
  • M = Deuda consolidada
  • S = Sumatoria de subconceptos fijados en el segundo párrafo del inciso b) del art. 23 de la RG 5101, de corresponder
  • G = Porcentaje del pago a cuenta
II - Determinación de las cuotas
1. Para la primera cuota:

C = (D * I * d / 3000) + K

Donde:

  • C = es el importe de la cuota a pagar al vencimiento
  • D = Monto de la deuda a cancelar en cuotas (deuda consolidada “M” menos pago a cuenta “P”)
  • I = es la tasa de interés de financiamiento según RG 5101 art. 23 inc d)
  • d = total de días desde la fecha de consolidación del plan hasta el vencimiento de esta primera cuota (16/04/2022).
  • K = Importe capital de la cuota a calcular (monto de la deuda a cancelar en cuotas "D" dividido la cantidad de cuotas solicitadas)
2. Para el resto de las cuotas:

Actualización octubre 2024:
Para entidades sin fines de lucro, organizaciones comunitarias, micro y pequeñas empresas y sujetos considerados pequeños contribuyentes, la tasa de financiamiento utilizada en el semestre octubre/marzo no podrá superar, en ningún caso, la aplicable a las cuotas con vencimiento en el mismo período para medianas empresas -tramos 1 y 2- y demás contribuyentes. (RG N° 5583/2024)

C = (S * I * d / 3000) + K

Donde:

  • C = es el importe de la cuota a pagar al vencimiento
  • S = es el saldo de capital del plan (monto consolidado del plan "M" menos pago a cuenta "P" menos sumatoria del importe capital de las cuotas anteriores a la que está calculando)
  • I = es la tasa de interés de financiamiento vigente al vencimiento de la cuota según RG 5101 art 23 inc. d)
  • d = son los días sobre los que se calcula el interés (siempre 30 dias).
  • K = Valor de la cuota capital (monto de la deuda a cancelar en cuotas "D" dividido la cantidad de cuotas solicitadas)