Registración
La registración de los contratos de locación deberá realizarse dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración, a través del servicio con clave fiscal “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI”, accediendo a la opción “Declaración de contratos” a fin de informar los datos referidos al contrato celebrado y adjuntar el contrato en un archivo en formato “.pdf” o “.jpg”.
Las operaciones realizadas en moneda extranjera deberán informarse en moneda de curso legal, considerando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina, vigente al cierre del día hábil anterior al de la celebración del contrato.
El sistema registrará el contrato informado y emitirá como acuse de recibo una constancia conteniendo el código identificador del contrato.
Tratándose de condominios, la constancia será remitida al Domicilio Fiscal Electrónico de todos los integrantes.
Los contratos registrados podrán ser consultados a través del servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI”, accediendo a la opción “Consulta de contratos”.Contratos anteriores al 13 de agosto de 2024
Los sujetos interesados podrán hacer uso de los incentivos por contratos anteriores al 13 de agosto de 2024, siempre que sean registrados en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI” hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive.
No obstante, los contratos registrados en el marco de la Resolución General N.º 4.933, que se encuentren vigentes al 12/08/2024 no deberán registrarse nuevamente, excepto que corresponda informar modificaciones, actualizaciones del valor de la locación o renovaciones.