Información a suministrar
Los sujetos obligados por el presente régimen deberán suministrar la siguiente información:
- La nómina de cuentas con las que se identifica a cada uno de los clientes, indicando, entre otros datos:
- Tipo y número de cuenta
- CVU
- Cantidad de integrantes e identificación de involucrados en las cuentas mencionadas.
- Los montos totales de los ingresos y egresos en las mencionadas cuentas, expresados en pesos argentinos, siempre que sean iguales o superiores a $400.000.
Por su parte, solamente deberán informarse los ingresos y egresos a través de transferencia bancaria o virtual cuando el monto sea igual o superior a $1.400.000, para lo cual deberá detallarse: tipo de transferencia (bancaria o virtual), la CBU o CVU utilizada y el monto transferido en pesos. - El saldo final mensual de las cuentas, al último día hábil del período mensual informado, siempre que resulten iguales o superiores en el mes, en valores absolutos, a $700.000.
De tratarse de montos expresados en moneda extranjera, moneda digital o criptomoneda, deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda de curso legal, dependiendo del tipo de moneda a informar.