¿Cómo determinar el derecho de exportación?
Se deberá realizar la comparación del derecho de exportación convertidos en pesos con el límite de $4 por cada dólar estadounidense del valor imponible:
- Si el derecho de exportación en pesos es mayor o igual al límite, se aplica el límite.
- Si el derecho de exportación en pesos es menor al límite, se aplica el derecho de exportación en dólares al tipo de cambio vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina vigente al cierre día hábil cambiario anterior a la fecha del pago.
El valor imponible es el monto que surge de los comprobantes electrónicos clase “E” (Factura, Nota de Crédito/Débito) emitidos por las operaciones de exportación de servicios, determinado en dólares estadounidenses, sin considerar los generados por exportaciones realizadas al Área Aduanera Especial -Tierra del Fuego- y Zonas Francas.
A los fines de comparar con el límite se debe realizar la conversión de dólares a pesos utilizando el tipo de cambio vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina, vigente al cierre del día hábil cambiario anterior al de la fecha de registro –último día del mes-de la declaración jurada.