Particularidades
No corresponderá incluir el valor del derecho de exportación en los comprobantes electrónicos.
La factura clase E emitida en una moneda distinta a dólares estadounidenses se convertirá a dicha moneda. Para ello, primero se convertirá el importe total facturado a pesos argentinos, considerando el tipo de cambio comprador divisa del Banco de la Nación Argentina de la moneda extranjera en la que ha sido confeccionada la factura y posteriormente se transformará a dólares estadounidenses, utilizando el tipo de cambio vendedor divisa vigente -del mismo banco- al cierre del día hábil cambiario anterior al de la fecha de emisión del comprobante.
Podrán generarse comprobantes con anterioridad o posterioridad a la fecha de emisión de los mismos. Se mantendrán los plazos actuales de 5 días corridos posteriores y anteriores, pero en caso que la fecha de generación del comprobante sea anterior a la fecha de la emisión del comprobante, ambas deberán corresponder al mismo mes calendario.
Cuando se emitan notas de crédito y/o débito, deberán contener los datos del documento que se ajusta considerándolo como"comprobante asociado" y corresponderá aplicar el tipo de cambio de dicho comprobante.