¿Quiénes están obligados a aceptar pagos con tarjeta de débito?

Se encuentran obligados a aceptar pagos con tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios equivalentes quienes:

  • vendan bienes para consumo final
  • presten servicios de consumo masivo
  • realicen obras
  • efectúen locaciones de cosas muebles

Estos sujetos obligados deben brindar a los clientes la posibilidad de realizar las operaciones de pago a través de terminales POS.

El dispositivo debe admitir el cobro mediante todas las tarjetas de débito de las redes a las que estén adheridas más de una entidad financiera autorizada para operar en el país.

Importante: el costo que les insuma adoptar el sistema puede computarse como crédito fiscal en el impuesto al valor agregado.

Excepción

No es obligatorio cobrar con tarjeta de débito cuando:

  • La actividad se desarrolle en localidades con una población menor a mil habitantes según los últimos datos publicados por el INDEC.
  • El importe de la operación sea inferior a $100.