¿Quiénes están obligados a aceptar pagos con tarjeta de débito?
Se encuentran obligados a aceptar pagos con tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios equivalentes quienes:
- vendan bienes para consumo final
- presten servicios de consumo masivo
- realicen obras
- efectúen locaciones de cosas muebles
Estos sujetos obligados deben brindar a los clientes la posibilidad de realizar las operaciones de pago a través de terminales POS.
El dispositivo debe admitir el cobro mediante todas las tarjetas de débito de las redes a las que estén adheridas más de una entidad financiera autorizada para operar en el país.
Importante: el costo que les insuma adoptar el sistema puede computarse como crédito fiscal en el impuesto al valor agregado.
Excepción
No es obligatorio cobrar con tarjeta de débito cuando:
- La actividad se desarrolle en localidades con una población menor a mil habitantes según los últimos datos publicados por el INDEC.
- El importe de la operación sea inferior a $100.