Información general
En virtud de la resolución MERCOSUR/GMC/RES Nº 17/04, se acordó la informatización del manifiesto internacional de cargas, la declaración de tránsito aduanero y el seguimiento de las operaciones entre los estados parte, mediante procesos de intercambio electrónico de la información.
Operaciones implementadas en exportación hasta el momento
Para las empresas de transporte, representadas por un ATA es posible generar y registrar el MIC DTA indicando la ruta del mismo, ingresando los datos de las cartas de porte que lo conforman y asociando los permisos de embarque involucrados. Generados los documentos, una vez cargada la mercadería se imprime del MIC DTA en el formato habitual.
Luego desde la aduana de partida se realiza la presentación o anulación del MIC DTA, y se podrá dar la reversa del estado del MIC DTA- en el caso de que el ATA necesite realizar alguna rectificación previo al control de salida-, y realizar la salida de depósito de Exportación y el control de salida del MIC DTA.
En los casos en que la mercadería se encuentre en un Depósito Fiscal, la salida informática de la mercadería será responsabilidad del Depositario.
Desde la Aduana de Frontera, será posible consultar los MIC-DTA por arribar, realizar la confirmación de arribo, realizar el cumplido del Tránsito de Exportación y distintas consultas.