Se aprobó el programa aplicativo denominado “Bienes personales - acciones y participaciones societarias - Versión 5.0” y se establecieron las fechas a partir de las cuales rige la obligatoriedad de su uso, según los sujetos de que se trate.
La Resolución General 5203/2022, publicada el 7 de junio de 2022 en el Boletín Oficial, establece que la nueva versión del aplicativo deberá utilizarse:
- Desde el 08/06/22: Para las presentaciones de declaraciones juradas - originales o rectificativas- que realicen los sujetos comprendidos en el Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda implementado por la Ley N° 27.613, y cuyos inversores se encuentren amparados por los beneficios en el impuesto sobre los bienes personales.
- A partir del 29 de julio de 2022, inclusive: Para las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas- que realice el resto de sujetos obligados. De todas formas, desde el 8/6/22 estos sujetos podrán optar por utilizar la nueva versión del aplicativo.
El formulario de declaración jurada F. 899/A generado por el mencionado programa aplicativo, se presentará mediante transferencia electrónica de datos a través del servicio "Presentación de DDJJ y Pagos" con clave fiscal de nivel de seguridad 2 como mínimo.
Dicha transferencia electrónica de datos también podrá realizarse a través de las entidades homologadas a tales fines, desde la página web del banco, con los correspondientes datos de usuario y clave de seguridad.