La declaración jurada con el detalle de los bienes regularizados deberá presentarse hasta la fecha que, para cada etapa, se detalla a continuación.

Etapa Fecha límite para la presentación de la declaración jurada
Etapa 1 30 de noviembre de 2024, inclusive.
Etapa 2 31 de enero de 2025, inclusive.
Etapa 3 30 de abril de 2025, inclusive.

Al realizar la declaración jurada se deberán identificar los bienes que se incluyen en la regularización.

Asimismo, al momento de la presentación de la declaración jurada se deberán presentar las constancias fehacientes y toda otra documentación necesaria para acreditar la titularidad y el valor de los bienes regularizados.

Presentación

Una vez formalizada la adhesión y realizado el pago adelantado obligatorio, los contribuyentes o responsables deberán identificar los bienes respecto de los cuales solicitan la adhesión al Régimen.

A tal efecto, deberán presentar el formulario de declaración jurada F. 3321, a través del "Portal Régimen de Regularización de Activos Ley 27.743", opción “Declaración Jurada – Régimen de Regularización de Activos”.

Datos a informar

Por cada tipo de bien declarado se deberán detallar los datos solicitados por el sistema.

Con carácter general, se deberán indicar datos registrales de cada bien, su valuación, su localización, el porcentaje de titularidad y la fecha de adquisición o incorporación al patrimonio.