Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Requisitos Generales:
- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.
- No encontrarse en estado de falencia.
- No encontrarse concursado.
- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".
- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).
- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331)
- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)
- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)
Requisitos particulares:
- Inscripción en la Inspección General de Justicia, o en su caso, en el organismo correspondiente para los comprendidos en los Grupos "A", "B" y "D" y título profesional para los incluidos en el Grupo "C", cuando corresponda (Ver ID 9162548 para conocer la clasificación de los Proveedores de a bordo).
- Declaración Jurada manifestando no estar comprendido en los supuestos del Art. 58 Apartado 2 inciso e) del Código Aduanero (Ley Nº 22.415)
- Constituir Domicilio Especial en las Aduanas en las que operará.
Aclaración: Mediante la gestión de autorizaciones electrónicas designarán a las personas autorizadas.