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ID 8961136
En caso de disminución en la plantilla de empleados, ¿cómo debe proceder el empleador para mantener el beneficio de reducción?
27/02/2009 12:00:00 a.m.

Cuando se disminuyera la plantilla de personal, el empleador deberá integrarla con nuevas contrataciones dentro de los 90 días, como condición para continuar manteniendo el beneficio.

Para ello se debe tener en cuenta el ID 8469316.


Fuente: Art. 8 Res. MTEySS 3/09 y art. 19 Ley 26.476



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