AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 8956452
Con respecto a la plantilla base de trabajadores a considerar, ¿cuál es el periodo que debo tener en cuenta?
08/02/2012 12:00:00 a.m.

Se tendrá en cuenta la nómina de trabajadores declarados en el período devengado noviembre de 2008 (se consideran los trabajadores activos al 30 de noviembre de 2008), incluyendo aquellas relaciones laborales existentes a ese mes que se incorporen posteriormente con motivo de la regularización.

Ahora bien, para los empleadores que utilicen los beneficios a partir del dictado de la Resolución 122/10 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la plantilla es la nómina de trabajadores declarados en el período devengado noviembre de 2009 (se consideran los trabajadores activos al 30 de noviembre de 2009); respecto de los empleadores que utilicen los beneficios a partir del dictado de la Resolución 400/11 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la plantilla es la nómina de trabajadores declarados en el período devengado noviembre de 2010 (se consideran los trabajadores activos al 30 de noviembre de 2010), y para los empleadores que utilicen los beneficios a partir del dictado de la Resolución 95/12 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la plantilla es la nómina de trabajadores declarados en el período devengado noviembre de 2011 (se consideran los trabajadores activos al 30 de noviembre de 2011).


Fuente: Art. 45 Ley 26.476, art. 87 RG 2650/09, Resolución 589/2009, 122/2010, 400/2011 y 95/2012 del MTEySS



Novedades