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ID 8923664
Con relación al requisito de no disminuir la plantilla de los trabajadores respecto al período base, para mantener los beneficios del Título II, ¿se considera reducción de plantilla el caso de un trabajador que se jubila?
02/05/2011 12:00:00 a.m.

Sí, se considera disminución de la plantilla, dado que la Ley 26.476 no hace ninguna distinción al respecto.

Por lo tanto, el empleador dentro de los 90 días deberá integrarla con nuevas contrataciones, como condición para continuar manteniendo el beneficio del Título II de la Ley 26.476.


Fuente: CIT AFIP



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