ID 8811248 ¿Debo habilitar un punto de venta distinto?
12/02/2009 12:00:00 a.m.
Cada solicitud de emisión de los comprobantes electrónicos originales deberá ser efectuada por un punto de venta, que será específico y distinto a los utilizados para los documentos que se emitan a través del Controlador Fiscal y/o para los que se emitan de conformidad con lo dispuesto en las RG 100/98, 1415/03 y 2485/08, y/o para otros regímenes o sistemas de facturación utilizados.