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ID 8776118
¿En cuántos ejemplares se debe emitir la Carta de Porte?
10/02/2009 12:00:00 a.m.

La Carta de Porte se emitirá en 4 ejemplares, 3 de los cuales deberán amparar el traslado de la mercadería y ser presentados por el transportista en la instalación de destino, mientras que un ejemplar quedará en poder del emisor, quien deberá archivarlo en forma correlativa por cada planta y número.

El destino de cada uno de los ejemplares será el que se indica seguidamente:

a) 1 ejemplar: instalación de destino.

b) 1 ejemplar: destinatario.

c) 1 ejemplar: emisor.

d) 1 ejemplar: transportista.

En caso que el traslado responda a una operación de canje, se podrá emitir un ejemplar adicional, el cual se entregará al canjeador de bienes y/o servicios por grano.


Fuente: Art. 20 RG 2595/09



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