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ID 8764408
Si tengo Cartas de Porte impresas con anterioridad a la vigencia de la RG 2595, ¿puedo seguir utilizándolas?
10/02/2009 12:00:00 a.m.

Los formularios de Carta de Porte impresos a la fecha de vigencia de la presente, que no hubieren sido utilizados, deberán ser impresos de acuerdo con los modelos que se consignan en el Anexo I de la RG Nº 2595/09.


Fuente: Art. 42 RG 2595/09



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