ID 8757382 ¿En qué casos me deniegan la solicitud?
10/02/2009 12:00:00 a.m.
Se denegará la solicitud en los siguientes casos:
a) No poseer C.U.I.T. asignada.
b) No encontrarse incluidos a la fecha de efectuar la "SOLICITUD DE EMISION DE CARTAS DE PORTE" en el "Padrón de Productores de Granos - Monotributistas". Esta exigencia operará a partir del día 1 de marzo de 2009, inclusive.
c) Cuando el adquirente no registre domicilio fiscal denunciado o el declarado se encuentre en alguno de los supuestos previstos en el Artículo 5º de la RG Nº 2.109.
d) No haber informado los comprobantes que hubieran sido adquiridos -conforme a la presente norma conjunta o al régimen establecido por la RG N° 2.205 - de acuerdo con el procedimiento establecido por la norma conjunta Resolución N° 4.956 y RG N° 2.324.