ID 796969 ¿Existe alguna limitación para la deducción de gastos de representación?
19/12/2019 12:00:00 a.m.
Se podrán deducir los gastos de representación efectivamente realizados y debidamente acreditados, hasta una suma equivalente al 1,50% del monto total de las remuneraciones pagadas en el ejercicio fiscal al personal en relación de dependencia.