AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 7918946
¿Cuál es la documentación a presentar en el caso de venta y transferencia entre entidades jurídicamente independientes que constituyen un mismo conjunto económico?
27/01/2016 12:00:00 a.m.

1. Copia del acuse de recibo de la transmisión de la comunicación vía Internet.

2. Formulario de declaración jurada emitido por el respectivo programa aplicativo.

3. Copia de la constancia de haber cumplido el requisito de publicidad establecido en la Ley General de Sociedades Nº 19.550 y sus modificatorias.

4. Copia de la constancia de inscripción de la reorganización, cuando correspondiere, en el Registro Público de Comercio y/o en la Inspección General de Justicia o el organismo judicial o administrativo que, conforme determinen las leyes locales, tenga a su cargo el registro de los contratos constitutivos de las sociedades comerciales, sus modificaciones y demás funciones registrales societarias. En el supuesto que no hubiera sido otorgada, deberá aportarse la documentación que acredite la iniciación de los trámites respectivos en la que conste el número asignado por las autoridades competentes.

5. Copia de la constancia de autorización de la reorganización emitida por los organismos o entes reguladores o de control -Comisión Nacional de Valores, Secretaría de Comunicaciones, Tribunal de Defensa de la Competencia, etc.-, de corresponder. En el supuesto que la misma no hubiese sido otorgada, deberá aportarse la documentación que acredite el inicio del trámite de solicitud de la respectiva autorización.

6. Detalle de las normas particulares que otorgan beneficios promocionales y demás beneficios impositivos y/o previsionales a la empresa antecesora.

7. Detalle de los bienes y deudas de las empresas reorganizadas (sólo cuando las mismas sean unipersonales o sociedades de hecho o irregulares) al momento de la reorganización con su respectiva valuación, el cual deberá estar suscripto por el profesional certificante -contador público independiente- y la firma legalizada por el consejo profesional, colegio o entidad que ejerza el control de la matrícula.

8. Copia del contrato de la transferencia del fondo de comercio. Las copias que correspondan presentarse de acuerdo con lo previsto en esta resolución general, deberán estar acompañadas del respectivo original para su constatación por este Organismo. En su defecto, la copia deberá estar debidamente autenticada por autoridad notarial.


Fuente: Anexo II RG 2513/08



Novedades