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ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas. |
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ID 7895526 ¿Cómo comunican las entidades continuadoras dicha reorganización? 01/09/2008 12:00:00 a.m. A fin de cumplimentar la comunicación, cada una de las entidades continuadoras deberá: a) Efectuar el envío de la información mediante transferencia electrónica de datos vía "Internet", con "Clave Fiscal", b) Obtener la confirmación de la presentación, y c) Realizar la presentación de la nota y de la totalidad de los datos y elementos que, para cada caso, se indican en el Anexo II. Fuente: Art. 2 RG 2513/08
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