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ID 7895526
¿Cómo comunican las entidades continuadoras dicha reorganización?
01/09/2008 12:00:00 a.m.

A fin de cumplimentar la comunicación, cada una de las entidades continuadoras deberá:

a) Efectuar el envío de la información mediante transferencia electrónica de datos vía "Internet", con "Clave Fiscal",

b) Obtener la confirmación de la presentación, y

c) Realizar la presentación de la nota y de la totalidad de los datos y elementos que, para cada caso, se indican en el Anexo II.


Fuente: Art. 2 RG 2513/08



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