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ID 7640248
Evento 2008 - ¿CÓMO CARGO EL IMPUESTO A LOS DÉBITOS Y CRÉDITOS EN EL APLICATIVO?
07/07/2008 12:00:00 a.m.

El impuesto sobre los créditos y débitos que se compute en la DJ, deberá ser cargado dentro de la ventana Determinación del Saldo del Impuesto a las Ganancias, bajo el título Detalle de Cómputo de Impuesto sobre los Créditos y Débitos para la cancelación de DDJJ, presionando en el ícono de la lupa junto a Anticipos Cancelados (en el caso de computarlo contra anticipos) o en Cómputo (para la cancelación del monto de la DJ).


Fuente: CIT AFIP



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