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ID 7605118
Evento 1996 - ¿Cómo se informan los acoplados y semirremolques en la DJ del Impuesto sobre los Bienes personales?
19/06/2008 12:00:00 a.m.

Los acoplados y semirremolques no están contemplados en la definición de vehículo automotor, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Tránsito Nº 24.449; por lo tanto dichos bienes deberán ser informados en la declaración jurada de Bienes personales como

Otros bienes situados en el país. A los efectos de informar los acoplados y/o remolques en el aplicativo Unificado de Ganancias personas físicas y Bienes personales, se deberá acceder a la pantalla Bienes situados en el país, Ítem Otros bienes en el país.

En el campo Importe se deberá informar el valor impositivo del bien: Costo de adquisición, construcción ó valor a la fecha de ingreso al patrimonio.


Fuente: Art. 22 inciso f) Ley 23.966



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