ID 6827574 ¿Cómo se procede con los empleados que no hubiesen ejercido la opción en el plazo correspondiente?
18/01/2008 12:00:00 a.m.
Aquellos empleadores que no hayan declarado el aporte personal correspondiente a los períodos mensuales devengados julio a diciembre de 2007, ambos inclusive, de los trabajadores respecto de los cuales se haya cumplido el citado plazo sin ejercer la opción, deberán proceder a rectificar las declaraciones juradas presentadas.