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ID 6668318
¿A través de qué canales puede generarse el COTI?
22/02/2022 04:43:39 p.m.




El COTI podrá generarse:

a) A través de Internet, ingresando con la Clave Fiscal a nuestra pagina web www.afip.gob.ar, en la opción "Código de oferta de transferencia de inmuebles" del servicio "Transferencia de inmuebles".

El sistema informático emitirá como constancia el COTI, el que podrá imprimirse.

b) Únicamente en caso de inoperatividad del sistema indicado anteriormente, mediante comunicación con el Centro de Información Telefónica (0800-999-2347) de esta Administración Federal, quien brindará la asistencia correspondiente, previa autenticación de los datos del solicitante. De no detectarse inconsistencias en los datos suministrados, este Organismo informará la identificación del COTI al solicitante, quien podrá imprimirlo ingresando con la 'Clave Fiscal' al sitio 'web' de este Organismo.

Tratándose de representantes legales de sujetos residentes en el exterior, el COTI sólo podrá solicitarse a través del procedimiento indicado en el inciso a) precedente.

 




Fuente: Art. 6 RG 2371/07



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