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ID 6548876
¿Cómo se efectúa la renovación de certificados emitidos?
24/05/2022 09:51:16 a.m.




Los "certificados de no retención" emitidos, podrán ser renovados en forma automática en tanto no hayan sido presentados ante algún agente de retención.

La renovación podrá efectuarse por igual plazo al originariamente otorgado, ingresando con "Clave Fiscal" al sitio "Web" Institucional - Servicio "Transferencia de Inmuebles", opción "Renovar certificado". Únicamente se podrá modificar la C.U.I.T. del escribano interviniente o del funcionario actuante y/o el valor de transferencia.

En los casos en que la operación se hubiere concertado en moneda extranjera, el precio de transferencia a considerar a los efectos del presente artículo se determinará en moneda de curso legal, considerando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina para la moneda extranjera respectiva, vigente al cierre del día hábil cambiario inmediato anterior al que se efectúe la opción.

Los certificados podrán ser renovados siempre que los mismos hayan sido solicitados con fecha 27 de diciembre de 2007 o posterior.

 




Fuente: Art. 25 RG 2141/06



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