AFIP - Administraci�n Federal
 ABC - Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas.
Normativa


Buscar en Normativa 
 Busqueda Avanzada

ID 6188208
¿Cómo debe proceder un empleador cuando no pueda compensar dentro del mismo impuesto, el saldo a favor generado en SICORE por las devoluciones efectuadas a sus empleados en los casos que hubiera practicado retenciones en exceso?
04/05/2022 04:12:11 p.m.



En caso de que se reintegren retenciones practicadas en exceso y de ello resultare un saldo a favor del agente de retención en SICORE, que no pudiese compensarse dentro del mismo impuesto, el remanente podrá ser trasladado al período siguiente, o bien, solicitarse su devolución de acuerdo con lo previsto en la RG 2224/79.

 

Cuando el agente de retención obtenga un importe a su favor con motivo de los montos que se reintegran, los saldos a su favor que se generen en los períodos fiscales siguientes podrán ser utilizados en los términos del artículo 24 de la RG 4003 (compensar dentro del mismo impuesto – trasladar remanente – pedir devolución s/2224) o para cancelar las obligaciones fiscales habilitadas de las que resulte responsable mediante la transacción “Compensaciones” del “Sistema de Cuentas Tributarias”, o también -en forma excepcional- podrá aplicarse a retenciones y/o percepciones del Impuesto al Valor Agregado.




Fuente: Art. 24 RG 4003/17 Y Art. 7 5008/2021



Novedades