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ID 611267
¿Qué sujetos se encuentran obligados a cumplir con el Régimen Especial de Almacenamiento Electrónico de Registración?
15/03/2016 12:00:00 a.m.

Se encuentran obligados a almacenar electrónicamente las registraciones de los comprobantes emitidos y recibidos, los contribuyentes y responsables exentos en el Impuesto al Valor Agregado, que hayan:

a) Adquirido el carácter de autoimpresor, o

b) Emitido más de 200.000 comprobantes por sus ventas, prestaciones o locaciones de servicios, y el monto total de dichas operaciones haya sido igual o superior a $ 1.000.000.-, incluidos los impuestos nacionales, durante el último ejercicio comercial anual cerrado, o

c) Efectuado ventas por un monto total, incluidos los impuestos nacionales contenidos en ellas, igual o superior a $ 20.000.000.-, y emitido no menos de 5.000 facturas o documentos equivalentes, durante el período mencionado en el inciso anterior, o

d) Sido autorizados para efectuar la emisión y el almacenamiento de duplicados de comprobantes en soportes electrónicos, o

Asimismo, se encuentran alcanzados por la obligación de almacenar electrónicamente las registraciones de los comprobantes emitidos y recibidos los contribuyentes y responsables inscriptos en IVA que hayan sido autorizados para efectuar la emisión de duplicados electrónicos de comprobantes, excepto que se encuentren obligados a cumplir con el Régimen Informativo de Compras y Ventas.


Fuente: Art. 9 RG 3685/14



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